TEMA 27.- PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DEL ALUMNADO DE 6 A 12 AÑOS. FINALIDAD DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA. OBJETIVOS, ORGANIZACIÓN, PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS Y COMPETENCIAS BÁSICAS. EVALUACIÓN GENERAL DE DIAGNÓSTICO. NORMATIVA BÁSICA.
27.1.- INTRODUCCIÓN
Educación factor personalizador y socializador (adaptación, progreso social)
EP y ESO educación obligatoria
Atención diversidad importante, educación calidad a todos, responder a necesidades
Psicología evolutiva conocer caracts alumnado ordinario
Estudio etapa Educación Primaria, LOMCE, RD currículo básico
Evaluaciones individualizadas 3º Primaria y Final Primaria
Inspección agente evaluador externo primer orden, supervisión programas y servicios
27.2.- PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS ALUMNADO 6 A 12 AÑOS
Educación Primaria comienza a 6 años, incrementa socialización, empieza educac obligatoria
Adaptación compañeros y metodología docente
Capacidades, intereses y necesidades referencia Programación Didáctica
Salto cualitativo construcción aprendizajes escolares y uso conocimiento
Interiorización conceptos espacio, tiempo, espacio, cantidad, volumen: organización información
Reversibilidad y conservación: clasificar, ordenar, comparar
Relaciones causalidad, aceptación diferentes enfoques abordaje situación
Mayor capacidad autorregular aprendizajes + situaciones sociales ... autoestima positiva
Asunción reglas convivencia aula
Desarrollo vinculado a posiciones interaccionistas entre dotación genética y medioambiente
Desarrollo psicológico ligado a relación interpersonal sujeto y entorno (papel dette educación)
- Línea sociocultural desarrollo humano (Vygotski)
Desarrollo único aunque diferentes dimensiones
5 grandes etapas psicoevolutivas: infancia, niñez, adolescencia, adultez, senectud
Dentro etapas estadíos o períodos no universal paso entre ellos, flexible
Psicología Evolutiva, estudios Jean Piaget biólogo y psicólogo suizo (1896 - 1980)
- Epistemología genética, basada en estudios observacionales
- Evolución = adaptación equilibrio entre asimilación (clasificación) y acomodación (modificación esquemas)
- Estadíos desarrollo Educación Primaria
- Período preoperacional
- Pensamiento infantil no sujeto a experiencias o acciones externas, comienza interiorización
- Pensamiento simbólico, utilizando palabras o acciones como símbolos para pensar y comunicarse
- Pensamiento infantil inflexible y egocentrista
- Período operaciones concretas
- Razonamiento lógico sobre acontecimientos y problemas concretos, cuesta hacerlo sobre abstracciones
- Realizan operaciones (clasificación, seriación. ordenación, comparación) pero sobre informaciones concretas
DESARROLLO MOTOR
- Pensamiento acompaña y precede a acción
- Cambios ligados a movilidad (agilidad, flexibilidad, precisión, fuerza muscular, resistencia y velocidad)
- Consolidación esquema corporal y organización espacial (aptitud práctica deportiva individual y colectiva)
DESARROLLO COGNITIVO
- Proceso continuo, salto superior a nuevas formas pensar y sentir
- Operación (Piaget) = actividad mental reglas lógica vs experiencias físicas interacción con objetos
- Capacidad ordenar hacia delante y hacia atrás
- Período operaciones concretas, descentración, no atención sólo un elemento objeto
- Razonamiento deductivo, pero siempre con objetos concretos referencia realidad
- Clasifica de acuerdo dos características
- Reversibilidad operatoria: inversión actividad y retroceso pensamiento
- Conservación cantidades continuas y discontinuas (Roodin y Norman, 1998)
- Número (6 monedas juntas o separadas misma cantidad indepte longitud)
- Masa (misma masa bola y salchicha)
- Volumen (misma cantidad independiente recipiente)
- Clasificación: agrupación en función formal, color, dimensiones
- Seriación: ordenación de mayor a menor y al revés
DESARROLLO LENGUAJE
- Sistema signos con función comunicativa, y expresión ideas y sentimientos
- Dttos lenguajes: numérico, musical, plástico, visual, corporal y VERBAL
- Adquisición lenguaje posición interaccionista Bruner, Vygotski, Piaget
- Predisposición biológica e interacción con medio
- Soltura y dominio progresivo lenguaje a partir 6 años
- Amplio vocabulario que emplea para construir frases y oraciones complejas
- Apertura ámbito experiencia y posibilidad comunicativa, escuela proporciona modelo
- Lectoescritura permite notable desarrollo comunicativo - lingüístico
- Adquisición estructuras complejas lenguaje
- Dominio aspecto y modo verbos
- Inicio construcción textos orales amplios y coherentes (narración)
- Escuela obliga a un conocimiento global del mundo, convivencia con otros, y medio social y natural
- Inicio distintos aspectos vida social
- Lenguaje y experiencias sociales ... desarrollo cognitivo
- Utilización otros lenguajes
DESARROLLO SOCIAL
- Apropiación individuo experiencia social para integrarse en sociedad (Guerra, 2005)
- Familia ... amigos familia ... barrio ... escuela
- Vínculos sólidos afectivos infancia ... relaciones sociales posteriores
- Vínculos ... seguridad situaciones nuevas y exploración entorno
- Cooperación = desarrollo pensamiento y socialización progresiva
- Desarrollo vínculos a través juego, gana confianza y acepta normas
- Noción relación entre personas con que conviven
- Relaciones sociales implican consenso, respeto mutuo y tolerancia
- Autoconcepto a partir seis años, referencia a sí mismos en términos abstractos, descenso autoestima a partir 12 años
- Escuela supone ampliación relaciones interpersonales niño
- Amistad supone adaptación a necesidades del otro, comienza desarrollo idea grupo
- Aparición talentos en los niños y niñas (aspectos desarrollo en que destacan)
DESARROLLO SEXUAL
- No etapa latencia como tradicionalmente considerada
- Educación reprime conducta sexual infantil
- Conductas tocamientos compañeros mismo género
- 11 años inicio contacto género opuesto
- Cuidado papel medios comunicación, estímulo estereotipos que debe contrarrestar escuela
- En escuela trabajar no discriminación género y prevención violencia género
DESARROLLO MORAL
- Restricción impulsos sexuales sublimados, papel central normas morales
- Adquisición autocontrol derivado de imitación modelo padres buscando refuerzo y evitando castigo
- Adquisición conceptos bueno, malo, correcto o incorrecto
- Capacidad asunción roles fundamental para crecimiento moral
- Primeras reglas interiorizadas prohibiciones ... generalización (no identifica situaciones valorables particularmente)
- Piaget
- Heteronomía moral (hasta 7 - 8 años): moralidad deber, impuesto por adulto, presión coercitiva, niño evita castigo
- Fase intermedia (8 - 11 años): superación egocentrismo, niño considera otros puntos de vista
- Autonomía moral (a partir 12 años): búsqueda bien sin dependencia adulto.
- Kohlberg
- Nivel preconvencional (hasta 12 años): moralidad heterónoma, obediencia a adulto para evitar castigo
- Nivel convencional (a partir 12 años): importancia aprobación social ... convencimiento normas ayudan a garantizar orden social
27.2.- FINALIDAD EDUCACIÓN PRIMARIA
La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, ha modificado el artículo 6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para definir el currículo como la regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para cada una de las enseñanzas.
El currículo estará integrado por
- los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa;
- las competencias, o capacidades para activar y aplicar de forma integrada los contenidos propios de cada enseñanza y etapa educativa, para lograr la realización adecuada de actividades y la resolución eficaz de problemas complejos,
- los contenidos, o conjuntos de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que contribuyen al logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa y a la adquisición de competencias;
- la metodología didáctica, que comprende tanto
- la descripción de las prácticas docentes como la organización del trabajo de los docentes;
- los estándares y resultados de aprendizaje evaluables;
- y los criterios de evaluación del grado de adquisición de las competencias y del logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa.
Los contenidos se ordenan en asignaturas, que se clasifican en materias, ámbitos, áreas y módulos en función de las enseñanzas, las etapas educativas o los programas en que participe el alumnado. Según el nuevo artículo 6 bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, corresponde al Gobierno, entre otros, el diseño del currículo básico, en relación con los objetivos, competencias, contenidos, estándares y resultados de aprendizaje evaluables y criterios de evaluación, que garantice el carácter oficial y la validez en todo el territorio nacional de las titulaciones a que se refiere esta Ley Orgánica.
Uno de los pilares centrales de la reforma educativa operada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, descansa sobre una nueva configuración del currículo de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
- En el bloque de asignaturas troncales se garantizan los conocimientos y competencias que permitan adquirir una formación sólida y continuar con aprovechamiento las etapas posteriores en aquellas asignaturas que deben ser comunes a todo el alumnado, y que en todo caso deben ser evaluadas en las evaluaciones finales de etapa.
- El bloque de asignaturas específicas permite una mayor autonomía a la hora de fijar horarios y contenidos de las asignaturas, así como para conformar su oferta.
- El bloque de asignaturas de libre configuración autonómica supone el mayor nivel de autonomía, en el que las Administraciones educativas y en su caso los centros pueden ofrecer asignaturas de diseño propio, entre las que se encuentran las ampliaciones de las materias troncales o específicas.
Esta distribución no obedece a la importancia o carácter instrumental o fundamental de las asignaturas sino a la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas, acorde con la Constitución española.
Esta nueva configuración curricular supone un importante incremento en la autonomía de las Administraciones educativas y de los centros, que pueden decidir las opciones y vías en las que se especializan y fijar la oferta de asignaturas de los bloques de asignaturas específicas y de libre configuración autonómica, en el marco de la programación de las enseñanzas que establezca cada Administración educativa. El sistema es más flexible porque permite ajustar la oferta formativa y sus itinerarios a la demanda de las familias y a la proximidad de facultades o escuelas universitarias y otros centros docentes, y favorece la especialización de los centros en función de los itinerarios ofrecidos.
La nueva organización de la Educación Primaria se desarrolla en los artículos 16 a 21 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, tras su modificación realizada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre. El currículo básico de las asignaturas correspondientes a la Educación Primaria se ha diseñado de acuerdo con lo indicado en dichos artículos, en un intento de simplificar su regulación, que se ha centrado en los elementos curriculares indispensables.
En línea con la Recomendación 2006/962/EC, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente, este real decreto se basa en la potenciación del aprendizaje por competencias, integradas en los elementos curriculares para propiciar una renovación en la práctica docente y en el proceso de enseñanza y aprendizaje. Se proponen nuevos enfoques en el aprendizaje y evaluación, que han de suponer un importante cambio en las tareas que han de resolver los alumnos y planteamientos metodológicos innovadores.
La competencia supone una combinación de habilidades prácticas, conocimientos, motivación, valores éticos, actitudes, emociones, y otros componentes sociales y de comportamiento que se movilizan conjuntamente para lograr una acción eficaz.
Se contemplan, pues, como conocimiento en la práctica, un conocimiento adquirido a través de la participación activa en prácticas sociales que, como tales, se pueden desarrollar tanto en el contexto educativo formal, a través del currículo, como en los contextos educativos no formales e informales. Las competencias, por tanto, se conceptualizan como un «saber hacer» que se aplica a una diversidad de contextos académicos, sociales y profesionales.
Para que la transferencia a distintos contextos sea posible resulta indispensable una comprensión del conocimiento presente en las competencias, y la vinculación de éste con las habilidades prácticas o destrezas que las integran.
El aprendizaje por competencias favorece los propios procesos de aprendizaje y la motivación por aprender, debido a la fuerte interrelación entre sus componentes: el concepto se aprende de forma conjunta al procedimiento de aprender dicho concepto. Se adopta la denominación de las competencias clave definidas por la Unión Europea.
Se considera que «las competencias clave son aquellas que todas las personas precisan para su realización y desarrollo personal, así como para la ciudadanía activa, la inclusión social y el empleo». Se identifican siete competencias clave esenciales para el bienestar de las sociedades europeas, el crecimiento económico y la innovación, y se describen los conocimientos, las capacidades y las actitudes esenciales vinculadas a cada una de ellas.
El rol del docente es fundamental, pues debe ser capaz de diseñar tareas o situaciones de aprendizaje que posibiliten la resolución de problemas, la aplicación de los conocimientos aprendidos y la promoción de la actividad de los estudiantes. La revisión curricular tiene muy en cuenta las nuevas necesidades de aprendizaje.
El aprendizaje basado en competencias se caracteriza por su transversalidad, su dinamismo y su carácter integral. El proceso de enseñanza-aprendizaje competencial debe abordarse desde todas las áreas de conocimiento, y por parte de las diversas instancias que conforman la comunidad educativa, tanto en los ámbitos formales como en los no formales e informales; su dinamismo se refleja en que las competencias no se adquieren en un determinado momento y permanecen inalterables, sino que implican un proceso de desarrollo mediante el cual los individuos van adquiriendo mayores niveles de desempeño en el uso de las mismas.
Para lograr este proceso de cambio curricular es preciso favorecer una visión interdisciplinar y, de manera especial, posibilitar una mayor autonomía a la función docente, de forma que permita satisfacer las exigencias de una mayor personalización de la educación, teniendo en cuenta el principio de especialización del profesorado.
El currículo básico de las diferentes áreas se ha organizado partiendo de los objetivos propios de la etapa y de las competencias que se van a desarrollar a lo largo de la educación básica, mediante el establecimiento de bloques de contenidos en las áreas troncales, y criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables en todas las áreas, que serán referentes en la planificación de la concreción curricular y en la programación docente.
En algunas áreas estos elementos se han agrupado en torno a bloques que permiten identificar los principales ámbitos que comprende el área; esta agrupación no implica una organización cerrada, por el contrario, permitirá organizar de diferentes maneras los elementos curriculares y adoptar la metodología más adecuada a las características de los mismos y del grupo de alumnos.
Conforme a esta ordenación del sistema educativo, mediante el Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, se ha establecido el currículo básico de la Educación Primaria. El Gobierno de Castilla-La Mancha, en el ámbito de sus competencias, ha aplicado esta norma básica en el Decreto 54/2014, de 10 de julio, por el que se establece el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
La implantación del currículo de Educación Primaria en los centros docentes que imparten esta etapa, supone cambios estructurales en su organización y operativos en cuanto a su funcionamiento. Una vez que el Decreto 54/2014, de 10 de julio, ha regulado los elementos curriculares en sus aspectos fundamentales, procede ahora ordenar su aplicación concreta con la finalidad de que los alumnos y alumnas de Castilla-La Mancha sean centro de referencia y eje de actuaciones de todo el proceso de enseñanza y aprendizaje.
Desde este planteamiento, el principio de educación personalizada se constituye como hilo conductor de la práctica docente, de la relación con las familias y de toda la vida del centro. El Decreto 54/2014, de 10 de julio, se sitúa en línea con la Recomendación 2006/962/EC, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente; y, en consecuencia, esta orden se basa en la potenciación del aprendizaje por competencias, integradas en los elementos curriculares para propiciar una renovación en la práctica docente y en el proceso de enseñanza y aprendizaje.
Como complemento al tradicional aprendizaje de contenidos, se proponen nuevos enfoques en el aprendizaje y la evaluación, que han de suponer un importante cambio en las tareas que deben resolver los alumnos y alumnas, y planteamientos metodológicos innovadores.
La competencia implica una combinación de habilidades prácticas, conocimientos, motivación, valores éticos, actitudes, emociones, y otros componentes sociales y de comportamiento que se movilizan conjuntamente para lograr una acción eficaz.
Se contemplan, pues, como conocimiento en la práctica, un conocimiento adquirido a través de la participación activa en prácticas sociales que, como tales, se pueden desarrollar tanto en el contexto educativo formal, a través del currículo, como en los contextos educativos no formales e informales. Las competencias, por tanto, se conceptualizan como un «saber hacer» que se aplica a una diversidad de contextos académicos, sociales y profesionales.
Para que la transferencia a distintos contextos sea posible, resulta indispensable una comprensión del conocimiento presente en las competencias, y la vinculación de este con las habilidades prácticas o destrezas que las integran. En esta transferencia, se ponen en juego diversas actitudes, cuya adquisición forma parte del proceso personal de aprendizaje.
El aprendizaje por competencias favorece los propios procesos de aprendizaje y la motivación por aprender, debido a la fuerte interrelación entre sus componentes: el conocimiento de base conceptual («conocimiento») no se aprende al margen de su uso, del «saber hacer»; tampoco se adquiere un conocimiento procedimental («destrezas») en ausencia de un conocimiento de base conceptual que permite dar sentido a la acción que se lleva a cabo; y últimamente, el sentido de las acciones procede de las actitudes con que la persona las realiza y del marco de valores donde las encuadra. Se adopta la denominación de las competencias clave definidas por la Unión Europea.
Se considera que «las competencias clave son aquellas que todas las personas precisan para su realización y desarrollo personal, así como para la ciudadanía activa, la inclusión social y el empleo». Se identifican siete competencias clave esenciales para el bienestar de las sociedades europeas, el crecimiento económico y la innovación, y se describen los conocimientos, las capacidades y las actitudes esenciales vinculadas a cada una de ellas.
El rol del docente es fundamental, pues debe ser capaz de diseñar tareas o situaciones de aprendizaje que posibiliten la resolución de problemas, la aplicación de los conocimientos aprendidos y la promoción de la actividad de los estudiantes.
La revisión curricular tiene muy en cuenta las nuevas necesidades de aprendizaje. El aprendizaje basado en competencias se caracteriza por su transversalidad, su dinamismo y su carácter integral. El proceso de enseñanza-aprendizaje competencial debe abordarse desde todas las áreas de conocimiento, y por parte de las diversas instancias que conforman la comunidad educativa, tanto en los ámbitos formales como en los no formales e informales; su dinamismo se refleja en que las competencias no se adquieren en un determinado momento y permanecen inalterables, sino que implican un proceso de desarrollo mediante el cual los individuos van adquiriendo mayores niveles de desempeño en el uso de las mismas, o pueden irlos perdiendo por falta de actividad.
Para lograr este proceso de cambio curricular, es preciso favorecer una visión interdisciplinar y, de manera especial, posibilitar una mayor autonomía a la función docente, de forma que permita satisfacer las exigencias de una mayor personalización de la educación, teniendo en cuenta el principio de especialización del profesorado.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, recoge en los apartados 2, 3 y 4 de su artículo 120 que los centros docentes dispondrán de autonomía para elaborar, aprobar y ejecutar un proyecto educativo y un proyecto de gestión, así como las normas de organización y funcionamiento del centro.
En consecuencia, se establece que las Administraciones educativas potenciarán y promoverán la autonomía de los centros, de forma que sus recursos económicos, materiales y humanos puedan adecuarse a los planes de trabajo y organización que elaboren.
Los centros, en el ejercicio de su autonomía, pueden adoptar experimentaciones, planes de trabajo, formas de organización, normas de convivencia y ampliación del horario lectivo de las áreas; todo ello, dentro de las posibilidades que permita la normativa aplicable. El profesorado, desde la práctica docente diaria, se convierte en el verdadero motor del cambio en su comunidad educativa. Los centros educativos y sus equipos directivos son la unidad de gestión de dicho cambio, que debe perseguir la mejora de la calidad del sistema educativo.
Los alumnos y alumnas, al finalizar la etapa, deben disponer de los conocimientos, competencias y habilidades básicas, hábitos de trabajo individual y de equipo, de esfuerzo y responsabilidad en el estudio, así como actitudes de confianza en sí mismos, sentido crítico, iniciativa personal, curiosidad, interés y creatividad en el aprendizaje y espíritu emprendedor, que les permitan su incorporación a la etapa posterior.
Es preciso que el proceso educativo conduzca a la adquisición y desarrollo de las competencias clave y se caracterice por su capacidad de adaptación a las distintas situaciones del entorno y a las características del alumnado, pero respondiendo a principios comunes que, de forma coordinada, garanticen su eficacia.
El artículo 122.bis, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, incorporado por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, promueve el desarrollo de acciones destinadas a fomentar la calidad de los centros docentes, mediante el refuerzo de su autonomía y la potenciación de la función directiva. Dichas acciones comprenderán medidas tendentes al reconocimiento de los centros que logren un incremento de su calidad educativa.
La elaboración de proyectos educativos de calidad supondrá la especialización de los centros docentes, que podrán comprender, entre otras, actuaciones tendentes a la especialización curricular, a la excelencia, a la formación docente, a la mejora del rendimiento escolar, a la atención del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, o a la aportación de recursos didácticos a plataformas digitales compartidas.
27.3.- OBJETIVOS, ORGANIZACIÓN, PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS Y COMPETENCIAS BÁSICAS
NORMATIVA I LOMCE
NORMATIVA II RD CURRÍCULO BÁSICO
NORMATIVA III ORDEN RELACIÓN COMPETENCIAS
NORMATIVA IV DECRETO 54/2014 CLM
NORMATIVA V ORDEN 05082014 CLM
NORMATIVA VI RESOLUCIÓN CATEGORIZ ESTÁNDARES CLM
NORMATIVA II RD CURRÍCULO BÁSICO
NORMATIVA III ORDEN RELACIÓN COMPETENCIAS
NORMATIVA IV DECRETO 54/2014 CLM
NORMATIVA V ORDEN 05082014 CLM
- Modificada por Orden 27 de julio de 2015 (DOCM 29 de julio)
NORMATIVA VI RESOLUCIÓN CATEGORIZ ESTÁNDARES CLM
27.5.- EVALUACIÓN DE DIAGNÓSTICO
Real Decreto 1058/2015, de 20 de noviembre, por el que se regulan las características generales de las pruebas de la evaluación final de Educación Primaria establecida en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 28 de noviembre)
El Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria, establece en el artículo 12.4 que al finalizar el sexto curso de Educación Primaria se realizará una evaluación final individualizada a todos los alumnos y alumnas, en la que se comprobará el grado de adquisición de la competencia en
Dicha evaluación se realizará de acuerdo con las características generales de las pruebas que establezca el Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas. Las evaluaciones finales externas configuran un sistema de señalización claro de los objetivos que han de cumplirse al final de cada etapa, y de las competencias que el alumnado debe adquirir, que ofrecerá a las familias información sobre el progreso de sus hijos y la garantía de que las titulaciones del sistema educativo responden a unas exigencias mínimas.
Las evaluaciones finales respaldarán los procesos de aprendizaje y clarifican las necesidades específicas del alumnado. Se trata de impulsar un modelo de evaluación que fundamentalmente desarrolle y fomente la puesta en práctica de las competencias clave que el alumnado debe adquirir, y que implique procesos cognitivos de grado superior, en los que el alumnado debe comprender, analizar, extraer información, sintetizar, diseñar, justificar, o extraer conclusiones.
En Educación Primaria, el marco de evaluación diseñado obedece a un planteamiento de comprobación del grado de adquisición de las competencias en
Los objetivos son,
- comunicación lingüística,
- de la competencia matemática
- y de las competencias básicas en ciencia y tecnología,
- así como el logro de los objetivos de la etapa.
Dicha evaluación se realizará de acuerdo con las características generales de las pruebas que establezca el Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas. Las evaluaciones finales externas configuran un sistema de señalización claro de los objetivos que han de cumplirse al final de cada etapa, y de las competencias que el alumnado debe adquirir, que ofrecerá a las familias información sobre el progreso de sus hijos y la garantía de que las titulaciones del sistema educativo responden a unas exigencias mínimas.
Las evaluaciones finales respaldarán los procesos de aprendizaje y clarifican las necesidades específicas del alumnado. Se trata de impulsar un modelo de evaluación que fundamentalmente desarrolle y fomente la puesta en práctica de las competencias clave que el alumnado debe adquirir, y que implique procesos cognitivos de grado superior, en los que el alumnado debe comprender, analizar, extraer información, sintetizar, diseñar, justificar, o extraer conclusiones.
En Educación Primaria, el marco de evaluación diseñado obedece a un planteamiento de comprobación del grado de adquisición de las competencias en
- comunicación lingüística,
- matemática
- y competencias básicas en ciencia y tecnología.
Los objetivos son,
- en primer lugar, diagnosticar de forma temprana dificultades de aprendizaje;
- en segundo lugar, orientar e informar a alumnado, familias, equipos docentes, centros y Administraciones educativas sobre el progreso del proceso de enseñanza-aprendizaje,
- la adecuación de la programación educativa y de la metodología didáctica utilizada a los objetivos de la etapa y las competencias que debe adquirir el alumnado,
- y las necesidades y aspectos en los que es precisa una intervención, mejora o adaptación curricular para garantizar la adecuada evolución del alumnado en el sistema educativo;
- y, por último, facilitar la transición entre las etapas educativas Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.
El nivel obtenido por cada alumno o alumna se hará constar en un informe, que tendrá carácter informativo y orientador para equipos docentes, familias y alumnado. Además, las Administraciones educativas podrán establecer planes específicos de mejora de centros en función de sus resultados.
Los resultados de las evaluaciones finales de etapa ofrecerán a profesores, alumnado y familias la definición de las metas y de los objetivos comunes que se deben superar al final de Educación Primaria. Así, ofrecerán
Por su parte, ofrecerán al alumnado, motivación para permanecer en el sistema educativo y continuar sus estudios más allá de las etapas obligatorias, y premio a los buenos resultados, al esfuerzo y a la responsabilidad; a los centros, la posibilidad de verificar el resultado del ejercicio de la autonomía que la ley les concede para configurar su oferta formativa y definir sus métodos pedagógicos; y en general a la sociedad, la garantía de que las titulaciones del sistema educativo responden a unas exigencias mínimas comunes a todo el territorio, equiparables a las establecidas en el ámbito internacional.
Los resultados de las evaluaciones finales de etapa ofrecerán a profesores, alumnado y familias la definición de las metas y de los objetivos comunes que se deben superar al final de Educación Primaria. Así, ofrecerán
- a las familias información sobre el progreso de sus hijos en el sistema educativo;
- a centros docentes y profesores, elementos clave para la detección de deficiencias de aprendizaje de forma temprana en Educación Primaria e información sobre el resultado del proceso de enseñanza-aprendizaje;
- a centros docentes, profesores y Administraciones educativas, una herramienta más para abordar un cambio en la metodología de la enseñanza, que supere un modelo basado casi exclusivamente en la memorización y evolucione hacia un modelo que integre las competencias.
Por su parte, ofrecerán al alumnado, motivación para permanecer en el sistema educativo y continuar sus estudios más allá de las etapas obligatorias, y premio a los buenos resultados, al esfuerzo y a la responsabilidad; a los centros, la posibilidad de verificar el resultado del ejercicio de la autonomía que la ley les concede para configurar su oferta formativa y definir sus métodos pedagógicos; y en general a la sociedad, la garantía de que las titulaciones del sistema educativo responden a unas exigencias mínimas comunes a todo el territorio, equiparables a las establecidas en el ámbito internacional.
Artículo 3. Finalidad.
La evaluación de todo el alumnado al concluir la Educación Primaria tendrá como finalidad comprobar el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística, de la competencia matemática y de las competencias básicas en ciencia y tecnología, así como el logro de los objetivos de la etapa.
Artículo 4. Configuración general de las pruebas.
La evaluación de todo el alumnado al concluir la Educación Primaria tendrá como finalidad comprobar el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística, de la competencia matemática y de las competencias básicas en ciencia y tecnología, así como el logro de los objetivos de la etapa.
Artículo 4. Configuración general de las pruebas.
- 1. El diseño, aplicación y corrección de las pruebas corresponde a las Administraciones educativas competentes, que deben garantizar las condiciones adecuadas de aplicación y calificación de las mismas.
- 2. Corresponde a las Administraciones educativas competentes concretar los criterios de evaluación, los estándares de aprendizaje evaluables y el diseño de las pruebas de la evaluación final de etapa de la competencia lingüística en Lengua Cooficial y Literatura, así como aplicar dichas pruebas. Estará exento de la realización de estas pruebas el alumnado exento de cursar o de ser evaluado de la asignatura Lengua Cooficial y Literatura, según la normativa autonómica correspondiente.
- 3. Las pruebas de la evaluación final de Educación Primaria se agruparán en tres ámbitos: competencia en comunicación lingüística, competencia matemática, y competencias básicas en ciencia y tecnología:
- a) La evaluación en el ámbito de la competencia en comunicación lingüística se centrará en las dos destrezas que delimitan el campo de la competencia comunicativa: la comprensión y la expresión.
- Por tanto, evaluará las destrezas de comprensión escrita y oral y expresión escrita. Además, podrá evaluar la expresión oral.
- La evaluación de estas destrezas podrá llevarse a cabo mediante pruebas diferentes o mediante una prueba integrada que las valore. Las unidades de evaluación se contextualizarán en entornos próximos a la vida del alumnado, e incluirán situaciones personales y familiares, escolares, sociales y científicas y humanísticas.
- Los textos podrán ser de diversos tipos y formatos, tales como narrativos, descriptivos, expositivos, instructivos y/o argumentativos; continuos, discontinuos o mixtos.
- La evaluación de la comprensión valorará la capacidad del alumnado para llevar a cabo los procesos cognitivos relativos a la localización y obtención de información, la integración e interpretación, y la reflexión y valoración.
- La evaluación de la expresión valorará la capacidad del alumnado para llevar a cabo los procesos cognitivos relativos a la coherencia, la cohesión y la adecuación y presentación de sus producciones lingüísticas y, en el caso de la expresión oral, la fluidez y la interacción oral.
- b) La evaluación en el ámbito de la competencia matemática implicará la aplicación de conocimientos y razonamientos matemáticos para la resolución de problemas en contextos funcionales relacionados con la vida cotidiana.
- Las unidades de evaluación se contextualizarán en entornos próximos a la vida del alumnado, e incluirán situaciones personales y familiares, escolares, sociales y científicas y humanísticas.
- La evaluación valorará la capacidad del alumnado para llevar a cabo los procesos cognitivos de conocimiento y reproducción de definiciones, conceptos y procedimientos matemáticos; aplicación y análisis de conocimientos para la resolución de problemas; el razonamiento y reflexión sobre las estrategias y métodos para la resolución de problemas no obvios; y la validación de resultados.
- c) La evaluación en el ámbito de las competencias básicas en ciencia y tecnología incluirá la evaluación de las habilidades dirigidas a generar conocimiento científico mediante la recolección de información, planteamiento de hipótesis, resolución de problemas o toma de decisiones basadas en pruebas y argumentos.
- Las unidades de evaluación se contextualizarán en entornos próximos a la vida del alumnado, e incluirán situaciones personales y familiares, escolares, sociales y, científicas y humanísticas.
- La evaluación valorará la capacidad del alumnado para llevar a cabo los procesos cognitivos relativos al conocimiento y reproducción de hechos, conceptos y procedimientos; la aplicación y análisis de conocimientos para generar explicaciones y resolver problemas prácticos; y el razonamiento y reflexión utilizando las evidencias y la comprensión científica.
Artículo 5. Estándares de aprendizaje evaluables y criterios de evaluación.
Los estándares de aprendizaje evaluables y criterios de evaluación del logro de los objetivos de la etapa de Educación Primaria y del grado de adquisición de las competencias correspondientes serán los establecidos en los anexos I y II del Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de Educación Primaria.
Artículo 6. Convocatorias.
Las Administraciones educativas convocarán a todo el alumnado de sexto curso de Educación Primaria a la realización de la evaluación final de etapa al finalizar dicho curso.
Artículo 7. Desarrollo y aplicación de las evaluaciones finales de etapa.
- 1. La Administración educativa competente establecerá procedimientos para la selección del profesorado funcionario del Sistema Educativo Español externo a los respectivos centros docentes, encargado de aplicar y corregir las pruebas, así como para la realización y el seguimiento y supervisión que aseguren una correcta aplicación y corrección de las pruebas de acuerdo con la normativa básica aplicable.
- 2. Los equipos directivos y el profesorado de los centros docentes participarán y colaborarán con las Administraciones educativas en las evaluaciones que se realicen en sus centros.
- 3. La evaluación de las competencias en relación con las asignaturas distintas de Lengua Castellana y Literatura, Primera y Segunda Lengua Extranjera y Lengua Cooficial y Literatura se podrá realizar en lengua castellana o en la lengua cooficial correspondiente, a elección de los padres, madres o tutores legales.
- 4. Con el fin de asegurar la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la accesibilidad universal de las personas, en cada convocatoria las Administraciones educativas adoptarán las medidas oportunas para adaptar las condiciones de realización de las pruebas al alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo.
- En función de la necesidad, se podrán adoptar medidas tales como la adaptación de los tiempos, la utilización de formatos especiales y la puesta a disposición del alumnado de los medios materiales y humanos y de los apoyos y de las ayudas técnicas que precise para la realización de las pruebas, o la garantía de accesibilidad de la información y la comunicación de los procesos y la del recinto o espacio físico donde ésta se desarrolle.
- Los responsables de la orientación en cada centro educativo realizarán un informe por cada alumno o alumna a que se refiere este apartado, que será tenido en cuenta a la hora de establecer las adaptaciones que procedan. Las adaptaciones no computarán de forma negativa en la nota final obtenida en las pruebas.
- 5. De forma simultánea a la celebración de la evaluación final de etapa se aplicarán cuestionarios de contexto, que elaborará el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Estos cuestionarios permitirán obtener información sobre las condiciones socioeconómicas y culturales de los centros para la contextualización de los resultados obtenidos.
Artículo 8. Resultados.
Artículo 9. Revisión de los resultados de las evaluaciones.
Los padres, madres o tutores legales podrán solicitar la revisión de los resultados obtenidos en la evaluación final de etapa ante el organismo competente de cada Administración educativa.
Artículo 10. Calendario escolar.
Los días dedicados a las evaluaciones finales de etapa se incluirán en el cómputo anual de días lectivos del calendario escolar.
- 1. El resultado de la evaluación final de etapa se expresará en los siguientes niveles para cada una de las competencias: Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT) y Sobresaliente (SB).
- Las Administraciones educativas competentes harán constar el nivel obtenido por cada alumno o alumna en un informe individual, que será entregado a los padres, madres o tutores legales y trasladado a los centros en los que el alumnado hayan de proseguir su escolaridad.
- El informe tendrá carácter informativo y orientador para los centros en que hayan cursado sexto curso de Educación Primaria y para aquellos centros en los que vayan a cursar el siguiente curso escolar, así como para los equipos docentes, los padres, madres o tutores legales y el alumnado.
- 2. El resultado de la evaluación de Lengua Cooficial y Literatura se tendrá en cuenta en la misma proporción que el resultado de la evaluación en el ámbito de la competencia en comunicación lingüística en relación con Lengua Castellana y Literatura.
- 3. Las Administraciones educativas podrán establecer planes específicos de mejora en aquellos centros públicos cuyos resultados sean inferiores a los valores que, a tal objeto, hayan establecido. En relación con los centros concertados se estará a la normativa reguladora del concierto correspondiente.
- 4. Los resultados de las evaluaciones finales de etapa serán puestos en conocimiento de la comunidad educativa, mediante indicadores comunes para todos los centros docentes españoles, sin identificación de datos de carácter personal y previa consideración de los factores socioeconómicos y socioculturales del contexto. Los indicadores comunes a todos los centros docentes españoles serán establecidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Artículo 9. Revisión de los resultados de las evaluaciones.
Los padres, madres o tutores legales podrán solicitar la revisión de los resultados obtenidos en la evaluación final de etapa ante el organismo competente de cada Administración educativa.
Artículo 10. Calendario escolar.
Los días dedicados a las evaluaciones finales de etapa se incluirán en el cómputo anual de días lectivos del calendario escolar.
27.6.- CONCLUSIONES
Primaria etapa básica y obligatoria
Adquisición aprendizajes fundamentales preparatorios ESO
Asignaturas troncales y específicas
Aprendizaje y evaluación por competencias
- Indica nuevo modelo docente diseñador situaciones aprendizaje
Evaluación continua y global, tiene en cuenta conjunto áreas
Evaluación Final permite determinar grado desarrollo
- competencia lingüística,
- competencia matemática
- competencias básicas en ciencia y tecnología
Importancia Inspector conozca características alumnado y aspectos organizativos y curriculares Primaria