TEMA 25.- LA DIRECCIÓN DE CENTROS PÚBLICOS. EL EQUIPO DIRECTIVO. SELECCIÓN Y FORMACIÓN DE DIRECTORES Y DIRECTORAS. COMPETENCIAS DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA. MODELOS EUROPEOS DE GESTIÓN Y DIRECCIÓN DE CENTROS.
25.1.- INTRODUCCIÓN
Educación elemento personalizador enseñanza y socialización (adaptación, progreso)
Director forma parte del Claustro, y es representante de Administración en el centro
Título V capítulo IV LOMCE (miembros, competencias, selección, requisitos)
Reconocimiento función directiva
Dirección factor clave calidad educación, responsable gestión recursos centro
Colabora control, supervisión, evaluación Inspector, puerta entrada Inspector centro
25.2.- LA DIRECCIÓN DE LOS CENTROS DOCENTES
Complejidad dirección por dificultad organizativa centros, diferentes cuerpos docentes
Edmonds (1982) liderazgo instructivo director factor escuela eficaz (Escamilla, 2006)
- Influye en clima centro, relación entre miembros, inmersión familias, organización interna (Elmore, 2000)
Estilos dirección (Tercero Sauco, 2012)
- Líder autócrata
- Protagonismo personal tareas gestión
- Toma decisiones y asume responsabilidad
- Inicia acciones, y dirige profesorado
- Espera obediencia y adhesión del profesorado
- Premia a los que cumplen con exigencia y castigan a los que no cumplen con expectativas
- Líder participativo o democrático
- Protagonismo comunidad educativa
- Presta atención sugerencias y predisposición aceptar propuestas
- Estimula toma decisiones en órganos colegiados
- Alienta toma decisiones instructivas, innovadoras y curriculares
- Delega responsabilidades
- Impulsa cambio y mejora
- Líder liberal o laissez faire
- No se inmiscuye en actuación profesorado
- Delega autoridad en toma decisiones y no asume responsabilidades
- Proporciona poco apoyo y asesoramiento, cada uno es responsable de sus tareas
- No ejerce autoridad, deja que las cosas pasen
- Nuevos enfoques liderazgo dirección centros
- Énfasis consideración
- Tiene en cuenta sentimientos grupos
- Promueve relaciones interpersonales
- Disponibilidad escucha
- Permite participación en toma decisiones
- Énfasis estructura
- Asigna a miembros tareas concretas
- Espera que trabajadores mantengan conductas para logro metas
- Modelo contingencia Fiedler (escala compañero menos apreciado CMA)
- Líderes centrados en relaciones (fases intermedias) vs tareas (situaciones extremas)
- Teoría caminos meta (Evans y House)
- Motiva a profesores, explica objetivos y camino para consecución
- Liderazgo: directivo, apoyo, participativo, centrado en logro excepcional
- Líder carismático o visionario
- Visión futuro, autoconfianza, valores ideológicos
- Expectativas alto rendimiento dan lugar a mayor productividad
- Expresan explícitamente confianza en el profesorado
- Ejercen de modelo conductas, valores y creencias
- Murillo y Barrio clasifican liderazgo según ocupación tiempo
- Pedagogía, administración, relaciones con familias, combinan 50% familias y 50% repartido administración o pedagogía
- No fijos ni inmutables, combinación rasgos, ninguno ideal, depende situación
- Democrático - participativo el más eficiente, no surge, sino que hay que trabajarlo (posibles fases de mayor a menor)
- Comunicación ascendente y descendente, toma decisiones colectivas, fomentan participación comunidad educativa
- Compromiso e implicación con diferentes sectores comunidad educativa, aunque menos con familias
- Tendencia consultiva pero decide director
- Rasgos centralización aunque ciertos niveles participación
Secundaria Dirección primer Instituto Palma Mallorca (1835)
- Nombramiento por Gobierno
- Posición débil ante Admón y fuerte frente a comunidad
- En principio autonomía jurídica, económica y gestión personal que se ha ido perdiendo
- Creación Inspección como cuerpo independiente vinculada a Bachillerato
- Modelo escuela s. XIX un maestro = un aula no ndad Director
- Plan Escuelas 1825 estableció Juntas Locales como creación y supervisión escuelas
- Ley Instrucción Pública Moyano 1857, escuela graduada, aulas clasificadas por edad, inicio dirección centros
- RD 23/09/1898 funcionamiento escuelas graduadas nacimiento dirección centros con funciones similares a las actuales: administrativas y relación
- Decreto 1911 criterios selección Director (ampliación estudios extranjero, publicación obras o artículos)
- Real Orden 28/03/1913 regula transformación escuelas unitarias en graduadas (dirección coordinación pedagógica y funciones administrativas)
- Lentitud escuelas graduadas, resistencias al cambio maestros por compartir con otros tareas docentes, necesidad infraestructuras, población rural
- Segunda República elección democrática director (6 unidades o menos elección Claustro, más unidades exigencia licenciatura)
- 1965 Ley Reforma Enseñanza Primaria
- Cuerpo Directores Escolares como cuerpo especial AGE
- Reglamento Cuerpo Directores Escolares 1967
- Maestros 5 años servicios y dos años como licenciados, más curso formación
- Modelo autoritario y burocrático, profesionalización tecnocrática
- Ley 14/1970
- Desaparece Cuerpo Directores Escolares
- Nombramiento temporal como agente temporal, confianza Director Provincial e Inspección
Constitución Española 1978
- Derecho educación art. 27, libertad enseñanza, libertad elección centro, libertad creación centros, poderes públicos programación general enseñanza, intervención comunidad educativa en control y gestión centros sostenidos con fondos públicos
- Participación pilar sistema educativo
- LOECE 5/80, de 19 de junio
- Órganos participación y control unipersonales y colegiados
- Director nombrado entre profesores numerarios distintas etapas, teniendo en cuenta principios mérito, capacidad, igualdad, y 1 año antigüedad
- Elige al Director el Consejo Dirección centro, participan padres inscritos en APA y alumnos a partir 2ª etapa EGB
- Modelo dirección democrático
- Centros concertados sistema selección en RRI
LODE 1985
- Desarrollo art. 27 CE
- Importancia participación (Consejo Escolar, ya no lo elige la Administración, salto cualitativo) y programación enseñanza
- Derechos padres y alumnos
- Centros públicos, privados concertados, y concertados
- Centros públicos necesidad órganos gobierno unipersonales y colegiados
- Selección Director por Consejo Escolar
- 1 año antigüedad centro y 3 años antigüedad docentes; si no mayoría absoluta Admón nombra por un año
- JE y Secretario selección por Consejo Escolar a propuesta Director y nombramiento Admón
- Cobra complemento económico
- Reduce su horario lectivo
- Dirección mérito profesional
- Centros concertados ndad Director, Consejo y Claustro, resto RRI
- Selección Director acuerdo titular - Consejo Escolar
LOGSE 1990
- Modelo autonomía organizativa y pedagógica, y evaluación
- Potencia participación padres en centro (un miembro AMPA en Consejo Escolar)
- Refuerza competencias Consejo Escolar nombramiento y revocación director
- Mayor autonomía gestión y organización
- Profesorado en Consejos Escolares 1/3 = suma padres + alumnos
- Mayores requisitos candidatos a dirección
- Requiere habilitación Admón (se valora experiencia en cargos directivos y evaluación práctica docente) y superación curso formación
LOPEG 9/95
- Director gestor PEC
- Exigencia cinco años antigüedad docencia y un año en el centro
- Para acreditación Director (modelo semiprofesional)
- superación programa formación o poseer titulación,
- evaluación positiva práctica docente,
- participación en órganos gestión y participación, experiencia
- y valoración positiva en ejercicio cargos directivos
- Necesidad presentar proyecto dirección
- Elección por mayoría absoluta por Consejo Escolar
LOCE 2002
- Desaparecen competencias de gobierno Consejo Escolar, pasa a ser de participación
- Refuerza figura Director, ejerce potestad disciplinaria y aprueba documentos programáticos
- Planes mejora centro
- Selección Director 70% Administración y 30% comunidad educativa (al menos 50% Claustro)
- Directores cinco años de antigüedad y un año en centro, después superación curso formación
- Período prácticas Directores
- Nombramiento Director 3 años y evaluación durante período, tras el mismo adquisición categoría Director
- Inspección protagonista en designación (preside Comisión Selección) y evalúa
- No límites permanencia
- Principio meritocracia
- Recoge órgano ejecutivo equipo directivo, bajo instrucciones Director, trabajo equipo
LOE / LOMCE
- Director responsable PEC y representante Admón en centro
- Certificación previa candidatos Dirección
- Líder pedagógico y organizativo
- Obtener recursos complementarios (proyectos calidad)
- Ampliación representantes comunidad educativa hasta 50% en Comisión Selección
- LOE original 1/3 Claustro, 1/3 Consejo Escolar no docente, 1/3 Admón
- Mandato dirección 4 años
- Centros concertados
- LOE no cambia, nombramiento acuerdo titular - Consejo Escolar
- LOMCE nombra titular, previo informe Consejo
- Participativa e integradora comunidad
- Perfil multidimensional
- Reestructuradora del centro como organización innovadora
- Liderazgo compartido en equipo
- Gestión autonomía proyectos centro y coordinadora trabajo en equipo profesorado
- Competente, con habilidades diferentes a la funciòn docente (Mclelland, 1968)
- Éxito laboral más relación con características personales que conocimientos y habilidades
- Competencias instrumentales para obtención fin
- Competencias interpersonales expresión sentimientos y emociones
- Competencias sistémicas relación con totalidad sistema combinando imaginación, sensibilidad y habilidad relación partes
- Integradora formación, mejora y evaluación
- Funciones dimensiones centro educativo (García Olalla y Poblete, 2003)
- Técnico - ejecutivas planificación, coordinación, control y administración recursos
- Relaciones humanas, comunicación, motivación, facilitar interacción
- Integración cultural y política
- Críticas, animación e innovación, revisión y reflexión crítica, innovación y mejora continua
- Relaciones externas
- Autopercepción directores (Sobrado y Ocampo, 1998) compañeros vs autoridad e influencia
- Necesidad formación en liderazgo pedagógico y gestión recursos humanos y materiales
- Dinamización, investigación e innovación proyectos calidad (referencia contexto)
25.2.- EL EQUIPO DIRECTIVO
25.4.- SELECCIÓN Y FORMACIÓN DE DIRECTORES
NORMATIVA IV LOMCE SELECCIÓN DIRECTORES
NORMATIVA V DECRETO CLM SELECCIÓN DIRECTORES
NORMATIVA VI RD 894/2014 FORMACIÓN DIRECTORES
NORMATIVA IV LOMCE SELECCIÓN DIRECTORES
NORMATIVA V DECRETO CLM SELECCIÓN DIRECTORES
NORMATIVA VI RD 894/2014 FORMACIÓN DIRECTORES
25.5.- COMPETENCIAS DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA
Entre los principios sobre los que se asienta la reforma promovida por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, se encuentran el aumento de la autonomía de los centros y el refuerzo de la capacidad de gestión de la dirección de los mismos.
La autonomía de los centros docentes y el liderazgo de sus directores y directoras son factores clave para la transformación del sistema educativo de cara a las nuevas demandas de aprendizaje del siglo XXI. En la exposición de motivos de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, se señala que el aumento de la autonomía de los centros es una recomendación reiterada de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para mejorar los resultados, necesariamente unida a la exigencia de una mayor transparencia en la rendición de cuentas.
Es fundamental que cada centro tenga la capacidad de identificar cuáles son sus fortalezas y las necesidades de su entorno, para así poder tomar decisiones sobre cómo mejorar su oferta educativa y sus resultados. Como consecuencia del refuerzo de la autonomía de los centros, se hace necesario también potenciar la capacidad de gestión de la dirección, para permitirle liderar los cambios propuestos.
La ley orgánica otorga a los directores y directoras de los centros docentes públicos, como representantes que son de la Administración educativa en el centro y como responsables del proyecto educativo, la oportunidad de ejercer un mayor liderazgo pedagógico y de gestión. Por otro lado, se potencia la función directiva a través de un sistema de certificación previa de competencias para acceder al puesto.
El objetivo de la formación previa requerida es dotar al futuro director o directora de las capacidades necesarias para desempeñar su puesto con eficiencia y eficacia. No obstante, el director o directora no trabaja de forma aislada, sino que forma parte de un equipo directivo, que según establece el artículo 131 de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, trabajará de forma coordinada en el desempeño de sus funciones, conforme a las instrucciones del director o directora y las funciones específicas legalmente establecidas.
Además, conseguir mejorar la calidad de los centros docentes y como consecuencia sus resultados requiere de la implicación de toda la comunidad educativa, y en especial de las familias. El liderazgo educativo exige una serie de competencias específicas: compromiso profesional, habilidad de motivar, capacidad de innovar e incentivar la gestión pedagógica y tener habilidades de comunicación.
Los buenos líderes educativos desarrollan una visión estratégica de sus instituciones, actúan como modelos a imitar para el alumnado, el profesorado y el personal no docente, y son la clave para crear un entorno eficaz y atractivo propicio para el aprendizaje y un clima de trabajo adecuado.
Para lograr un liderazgo educativo eficaz es necesario centrar los esfuerzos en mejorar la calidad de la enseñanza y el aprendizaje, profesionalizar, fortalecer y apoyar el papel de los líderes educativos, definir claramente los roles, adoptar un enfoque colaborativo, reconocer las fortalezas y competencias de los equipos, disponer de autonomía suficiente para asignar recursos y explorar métodos de enseñanza innovadores y asumir las responsabilidades y compromisos que comporta el liderazgo.
Modelos variados (sistemas educativos, descentralización, participación, centros, número alumnos)
Variables sistemas dirección
- Acceso al cargo
- Formación y perfeccionamiento
- Estructuración función directiva
Luxemburgo sólo Director nivel Secundaria
Dinamarca, Finlandia y Suecia poderes locales referencia para Director
Países Bajos Director responde ante autoridad municipal
Irlanda Director bajo autoridad Board of Management centro
Inglaterra y Gales Director responde ante school governement bodies (forma parte LEA)
Bélgica tres redes: Ministerio, municipio, concertados
Todos países europeos exigen experiencia previa 5 - 10 años (Bélgica, Escocia)
Francia exige formación inicial específica
Austria, Inglaterra, Gales, España cursos para directores recién nombrados
Formación continua obligatoria tendencia, aunque no generalizada (Finlandia sí)
Procedimientos selección
- Anuncio público puesto específico
- Alemania evaluación aptitudes Lander, seleccionan autoridades locales
- Países nórdicos selección autoridades locales
- Holanda selección school government body
- Reino Unido selección Board of Governors
- España y Portugal selección Comisión, en Portugal a candidatos preseleccionados por Consehlo de Escola
- Sin mención inicial puesto específico
- Francia e Italia oposición ministerial
- Grecia Consejo Regional Educación elabora expediente aptitudes
- Luxemburgo selección Consejo de Gobierno centro según indicaciones Ministerio
Funciones
- Administrativas
- Alemania, Austria. Italia decisiones órdenes ministeriales y consejos escolares
- Holanda y Reino Unido autoridades locales y Consejos Escolares decisiones dotación recursos y gestión proyectos
- Finlandia depende municipios
- Dinamarca, dirección gestiona asesorada por el Scholebestryelse
- Suecia plan trabajo rendimiento centro
- Portugal lleva a cabo decisiones Consehlo de Escola
- Económicas (reducidas)
- Bélgica, Dinamarca, Portugal y Suecia elaboran presupuesto provisional que elevan a órgano gobierno centro
- Francia e Italia Consejo Administración centro decide presupuesto que elevan a autoridades, que gestiona director
- Inglaterra, Gales e Irlanda director rinde cuentas ante school government body
- Pedagógicas
- Alemania, Austria y Suecia supervisa coordinación profesorado
- Dinamarca responsabilidad elección materias optativas
- Bélgica e Irlanda deciden material didáctico
- Inglaterra y Gales definen materias optativas y deciden materiales y metodología, previa consulta al profesorado
- Bélgica (comunidad flamenca), Francia, Austria, Suecia y Escocia director responsable de evaluación aprendizajes y progreso alumnado
- Bélgica, Alemania, Irlanda, Italia y Escocia responsable medidas disciplinarias; en Portugal comparte responsabilidad con Conselho de Escola
- Bélgica, Alemania, Luxemburgo, Austria, Inglaterra y Gales director evalúa a profesores y visita aulas
- Bélgica, Irlanda, Austria, Suecia y Reino Unido director responsable formación permanente profesorado y ofrtece apoyo pedagógico.
- Islandia director máxima autoridad centro, deciden planes educativos y supervisan al profesorado.
- Relaciones con el exterior (especialmente recogido en la legislación sueca e italiana)
- Docencia
- Irlanda, Países Bajos, Austria, Grecia, Finlandia, Suecia y Reino Unido depende del tamaño centro
- Irlanda en Primaria nunca exentos de tareas docentes; y en Alemania tampoco exentos en Secundaria
- No funciones docentes en Bélgica, Francia, Italia, Luxemburgo y Portugal
- Rendición cuentas
- Evaluación periódica Grecia, Francia, Irlanda, Italia, Países Bajos, Austria, Portugal, Suecia y Reino Unido
- Evaluación decisiva para promoción o renovación Dinamarca, Alemania y Finlandia
- No evaluación en Bélgica, Luxemburgo, Islandia, Noruega y Liechstentein
Modelo norte europeo
Reforma luterana s. XVI, comunidad vigila y asume decisiones estratégicas
Financiación estatal, gran autonomía didáctica centros en función demandas contexto
Estado garantiza igualdad oportunidades y niveles mínimos conocimientos
Inglaterra, Irlanda, Bélgica (francófona), Escandinavia, Holanda, Europa septentrional
Inglaterra
- Estado cede fondos a LEA, que contrata director y profesorado
- Currículo decisión school govermment body (presencia padres) respetando decisión 70% impuesta por LEA que tienen en cuenta objetivos nacionales
- Director (Headteacher) gran protagonismo
- Decide contenidos y organización metodológica
- Gestión recursos, rinde cuentas y organización horarios
- Propone a school government body y LEAs gestión contratación personal
- Poder disciplinario
- Selección previa publicación en prensa local anuncio con características plaza y retribución
- Envío curriculum y citación de entrevistas a los más idóneos
- Período prueba
- Director propone contratación equipo directivo
- Desde 1988 existe National Colleges for School Leaders cursos mérito dirección centros secundaria
Modelo jerárquico
Origen Contrarreforma y corrección monarquías S. XVIII
Sustitución autoridad Iglesia por poder laico
Igualdad derechos todos ciudadanos
Ministerio de Educación centralizado decide programas y se imponen a escuelas
Ciudadanos no deciden
Personal docente y administrativo contratado por concurso público
Francia, Italia, Austria, Alemania, Suiza, Bélgica y Luxemburgo
Actualmente modificaciones
- Cierta libertad pedagógica profesorado y autonomía organizativa
- Selección dirección centros por autoridad central
- Garantiza cumplimiento leyes y representa a centro en otras instancias
- Organiza horarios
- Gestiona recursos de acuerdo a directrices autoridad y consejos electivos
- Director período de prueba uno o dos años, luego vitalicio
- Evaluación periódica, que sólo afecta a aspectos formales sin consecuencias para relación laboral, con influencia en retribución
- DIRECTOR ALEMANIA
- Centros
- Primaria 6 - 10 Rektor (Grundschuler, Sonderschuler)
- Secundaria 11 - 15 Rektor (Haupschuler, Realschule, Secundarschule)
- Secundaria superior Gymnasyum (Studienrektor)
- Salario depende de tamaño y número alumnos
- Requisito experiencia, evaluaciones positivas docencia
- Asigna carga horaria a docentes y distribución docencia
- Gestiona sustituciones
- Participa en evaluación profesorado (observación docencia)
- Da instrucciones de obligado cumplimiento al resto docentes
- Puede nombrar Director adjunto
- DIRECTOR FRANCIA
- Ministerio decide currículo y contrata personal
- En Primaria requisito 3 años experiencia y curso formación obligatorio previo
- Garantiza normas y funcionamiento centro
- En Secundaria dos directores: principal y provieseur con experiencia docente mínima de 5 años y formación obligatoria antes y después selección
- Principal Preside Conseill d'administracion
- Principal Elabora proyecto centro
- Competencias disciplinarias
- Supervisan funcionamiento centro de acuerdo a plan establecido e impartición currículo fijado desde Administración
- Responsables formación permanente profesorado
- Responsabilidad distribución de alumnos y espacios
- DIRECTOR SUECIA
- Municipios responsabilidad contratación personal
- En Secundaria pueden proceder de la docencia o de la empresa privada
- La ley de Educación exige formación pedagógica previa profesorado
- Para dirección no señala nada
- Elabora, sigue y evalúa planes de trabajo
- Responsabilidad organización trabajo y coordinación materias
- En Secundaria orientan alumnos y elaboran presupuesto, facilitan materiales
- DIRECTOR REINO UNIDO (Inglaterra, Gales, Irlanda del Norte)
- Responsabilidad compartida Ministerio, LEA y school governent body
- Se requiere cualificación previa y en la mayoría casos han sido directores adjuntos
- En Irlanda se requiere formación administrativa y experiencia docente
- Responsables gestión personal y recursos centro
- Organiza personal docente y no docente
- Elabora informes y responsable seguridad e higiene en centro
- Adaptan currículo al centro, fijan horario escolar y deciden metodología
- Selección mediante proyecto que ha de defender ante Comisión con presencia Administración educativa y comunidad educativa
- Nombramiento temporal 3 ó 4 años renovables
- Importancia función burocrática
- Selección por concurso público
- Autoridad central decide contenidos y escuela aplica
- Cambios políticas ha generado importantes bandazos
- Modelos fuertemente centralizados
- Participación poderes locales y en menor grado comunidad educativa
- Modelos liberales donde director nombrado por entidad financiera escuela
Estudio comparativo (Euridyce)
- Selección director
- Autoridad local (Irlanda), autoridad nacional (República Checa), mixta Autoridad y centro (Francia)
- Comisión Selección (España), selección externa (Suecia), entrevista (Reino Unido)
- Propio centro (Alemania), Ayuntamiento (Suecia), Administración estatal (Francia)
- Requisitos de acceso
- 5 años experiencia docente
- Formación previa y/o posterior
- Algunos países han de defender un proyecto de dirección
- Formación posterior
- Todos países, salvo Reino Unido
- Francia 3 semanas antes inicio curso y dos semanas durante curso
- Suecia 30 días al curso en Universidades
- Gestión, organización, administración y supervisión centros educativos
- Condiciones laborales
- Incremento salarial
- Reducción horas lectivas
- Competencias
- Liderazgo
- Actuación administrativa planificación y gestión (horarios, presupuesto, agrupamientos)
- Compromiso con comunidad educativa
- Evaluación director (mayores diferencias)
- Evaluación únicamente a Director (Dinamarca y España)
- Seguimiento institución educativa (Irlanda, República Checa, Suecia)
- Cada año (Reino Unido, puede ser motivo despido), dos años (Dinamarca, sirve para obtener empleo definitivo), cuatro años (España)
- Conclusiones
- Variabilidad modelos dependiendo sistema educativo, y política educativa y general
- Presupuestos escasos en un marco de contención del gasto público
- Conflictividad social requiere respuestas integrales centro e innovación
- Inmigración conlleva gestión convivencia e interculturalidad
- Irrupción nuevas tecnologías varía comunicación con comunidad educativa
- Cambios legislativos resistencia al cambio
- Importancia formación específica en gestión recursos humanos, económicos y dinamización proyectos de innovación y calidad
- Trabajo en equipo, colaboración con el entorno, evaluación continua
- Reducción carga docente esencial para dedicación a tareas directivas
- Positivo evaluar función directiva
- Potenciación autonomía pedagógica, organizativa y de gestión
- Necesidad de un mayor reconocimiento por parte de las autoridades educativas
25.7.- CONCLUSIONES
Dirección centros fundamental para logro funcionamiento equipo cohesionado
Cambio dirección de centros de ser burócrata a líder pedagógico dinamizador
Equipo directivo trabajo en equipo y coordinación
Esencial planificación, dinamización, asesoramiento, apoyo y evaluación docentes
Formación inicial y continua importante para desempeño tareas
Liderazgo requiere potenciar autonomía y participación, trabajo en equipo centro
Inspección valoración función directiva dentro funciones
- También asesoramiento externo, y supervisión inicio y final curso
- Supervisión PGA y Memoria
- Esencial conocimiento características centro y estilo dirección
BIBLIOGRAFÍA
ÁLVAREZ, M. y SANTOS, M. (1996): Dirección de centros docentes: gestión de proyectos. Madrid: Escuela Española.
POBLETE RUIZ, M. (2009): El liderazgo de las organizaciones educativas. Deusto: ICE.
VALLE, J.M. y MARTÍNEZ, C. (2010): La dirección de centros escolares en Europa desde una perspectiva comparada. Madrid: Ediciones UAM.
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