22. La autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de los centros docentes.
Principios que la rigen y principales tendencias en la Unión Europea.
- Autonomía pedagógica
- Autonomía organizativa
- Autonomía de gestión
- Tendencias autonomía centros en la UE
23. El proyecto educativo del centro. La concreción del currículo y las programaciones
de ciclo, departamento y aula.
- Proyecto educativo de centro
- Programaciones Didácticas como concreción curricular
- Niveles de concreción curricular: departamento y aula
24. Elementos estructurales y organizativos de los centros docentes. Órganos
colegiados de gobierno y de coordinación docente de los centros públicos. Estrategias
organizativas para favorecer la atención a todos los alumnos según sus necesidades
específicas.
- Elementos materiales, funcionales y humanos
- Elementos organizativos
- Órganos colegiados: Consejo Escolar, Claustro, equipo directivo
- Cuestión particular centros concertados
- Órganos de coordinación docente: CCP, Departamentos IES, equipo docente
- Estrategias para favorecer atención acneaes
25. La dirección de los centros públicos. El equipo directivo. Selección y formación
de directores y directoras. Competencias de la función directiva. Modelos europeos de
dirección y gestión de centros.
- Historia de la Dirección escolar en España
- Dirección de centros educativos: competencias
- Equipo directivo
- Selección directores
- La dirección de centros educativos en la UE
34. Normativa sobre el profesorado de Educación Infantil y Primaria: requisitos de
ingreso, selección, especialidades, adscripción y movilidad.
- Profesorado de Educación Infantil
- Profesorado de Educación Primaria
- Ingreso en la función pública docente
- Formación, especialidades docentes, movilidad
35. Normativa sobre el profesorado de Educación Secundaria: requisitos de ingreso,
selección, especialidades y movilidad.
- Profesorado Educación Secundaria y especialidades
- Atención docente a las enseñanzas de régimen especial
- Ingreso en la función pública docente
- Movilidad del profesorado
36. Los centros docentes. Requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas
de régimen general.
- Régimen jurídico y clasificación de centros docentes
- Centros públicos, centros privados y centros privados concertados
- RD 132/2010 requisitos mínimos de los centros
37. Los centros privados. Tipos de centros. Autorización de centros privados.
Competencias y carácter propio. Los centros privados concertados. Disposiciones que los
regulan.
- Centros de titularidad privada: centros privados y centros concertados
- Autorización de enseñanzas de un centro privado
- Órganos de los centros educativos privados
- Conciertos educativos
INTRODUCCIÓN
Estamos ante un tema que nos adentra en lo que es un elemento fundamental en la educación, como son los espacios habituales de aprendizaje, cuya disposición, arquitectura y organización son variables decisivas que facilitan o dificultan el aprendizaje. Siendo así, es lógico que las Administraciones decidan las características mínimas que deben tener los centros en cuanto a aulas, instalaciones, despachos y espacios didácticos comunes (biblioteca, laboratorio, aulas de plástica y música o pabellón polideportivo).
Los centros educativos son organizaciones complejas en las que conviven recursos personales (docentes y alumnos) y materiales, así como aquellos recursos funcionales y organizativos que permiten abordar aprendizajes desde la consideración del centro como el contexto en el que convergen todas las fuerzas educativas para lograr que el alumno consiga un papel activo en la sociedad a través de un grado de desarrollo adecuado de las competencias clave.
Precisamente los recursos humanos existentes en un centro educativo son esenciales, ya que ellos son los que deciden de forma colaborativa cómo poner en práctica lo que figura como elementos curriculares en las distintas programaciones didácticas, las cuales constituyen un referente para llevar a cabo las programaciones de aula.
El profesorado formado es un elemento clave para conocer las características del alumnado y adaptar el currículo a las mismas con objeto de conseguir el pretendido objetivo de nuestro sistema educativo como es conseguir el máximo de calidad sin renunciar la equidad e igualdad de oportunidades para todo el alumnado.
La formación a la que hacemos referencia debe ser una formación continua, desde la formación inicial bien en las Facultades de Educación, como es el caso de la Educación Primaria, a través de los Grados de Educación Infantil como de Primaria; como en otras Facultades que formen graduados en diferentes disciplinas y el posterior Máster en Formación del Profesorado de Secundaria. Pero no sólo esta formación inicial es necesaria, sino que el profesor es un agente que debe formarse periódicamente para mejorar la calidad de la propia práctica docente y del consecuente proceso de enseñanza y aprendizaje.
Precisamente si el profesor es un elemento clave, no lo es menos la autonomía de centros, tanto en su aspecto pedagógico, organizativo o de gestión, un centro con un buen diseño de su autonomía hace posible una mayor funcionalidad en las aulas, porque la autonomía permite responder mejor a las necesidades de una organización, mediante una mayor flexibilidad y adaptando de forma continua la organización a sus necesidades.
Dentro del organigrama de los centros, el Director al frente de un equipo directivo sólido y coordinado es un elemento central en la toma de decisiones que permite la autonomía de los centros, y puede ejercer un modelo de conducta profesional y dinamizar la estructura de los órganos de coordinación didáctica y participación de los centros, a la cúspide de los mismos el Consejo Escolar de Centro, como máximo exponente en el que están representados todos los sectores de la comunidad educativa.
Dentro de la tipología de los centros debemos distinguir aquellos de titularidad pública de aquellos otros cuyo titular pertenece a la iniciativa privada, y especialmente dentro de los últimos aquellos que se comprometen con las Administraciones para lograr atender las necesidades de escolarización de la población en edad escolar, en las diferentes etapas educativas obligatorias, y además por ofrecer una respuesta diferenciada que permita que las familias hagan uso de su derecho a la libre elección de centro. Este compromiso de los centros privados con la Administración se lleva a cabo mediante un contrato denominado concierto educativo que conlleva compromisos por parte de los centros y de la propia Administración.
El tema lo redactaremos desde un punto de vista técnico, aportando la normativa que lo regula a nivel estatal, además de hacer una comparación de la referencia del entorno europeo con respecto a la autonomía o la dirección de los centros. A continuación desarrollaremos los puntos del esquema adjunto, para posteriormente finalizar con una conclusión en la que se sintetizarán aquellos aspectos del tema más relevantes, y especialmente aquellos que el Inspector deba conocer por las atribuciones profesionales inherentes a la función inspectora, sin dejar de mencionar brevemente una crítica constructiva personal. Y por último mencionaré una bibliografía básica para profundizar en cualquiera de los aspectos del tema.
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